Sentencia. La portavoz de Salamanca Educa en Libertad, Lourdes Ruano Espina, manifestó hoy que las sentencias dictadas por el Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León constituyen “una victoria de los padres en defensa de su libertad y en su lucha por la educación de sus hijos conforme a sus convicciones”. Así, destacó que el TSJ ha dirimido la “controversia” que el Tribunal Supremo “eludió”, y confirmó que Educación para la Ciudadanía “no se limita a transmitir valores cívicos o constitucionales” sino que “incide en la formación moral de los niños, que sólo pueden elegir y decidir sus padres”.
“Hay sólidas razones jurídicas que sustentan la postura de los padres, y esos argumentos, que el TS pasó por alto, constituyen la fundamentación jurídica de estas sentencias, mucho más consistentes técnicamente que las del TS”
“El conflicto creado por EpC no va a terminar mientras no se modifiquen los objetivos, contenidos y criterios de evaluación de estas asignaturas. El ministro de Educación está hablando de un pacto educativo; este acuerdo no será firme si se sigue ignorando el conflicto de EpC. Y nosotros estamos dispuestos a dialogar sobre él”, dijo Ruano Espina. Asimismo la secretaria de la plataforma Alicia Rodríguez señaló que tanto el Ministerio como la Consejería de Educación han eludido llegar a una solución dialogada de este conflicto. Así pidió a la Junta de Castilla y León que adopte las medidas oportunas para tratar de hacer cumplir la sentencia, que haga extensivas las sentencias a todos los niños objetores, que renuncie a recurrirlas y se ponga por una vez del lado los padres objetores.
En opinión del abogado de la mayoría de los objetores castellano y leoneses Francisco José Ramos Vega, las nuevas resoluciones judiciales del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León (TSJCyL) demuestran que el Tribunal Supremo (TS) no zanjó en absoluto la cuestión de si cabe o no objeción de conciencia a EpC. “Hay sólidas razones jurídicas que sustentan la postura de los padres, y esos argumentos, que el TS pasó por alto, constituyen la fundamentación jurídica de estas sentencias, mucho más consistentes técnicamente que las del TS”.
Además, añadió que “las sentencias de Castilla y León han apreciado las circunstancias excepcionales que han hecho valer el derecho a los padres a objetar, tal y como reconoce la Constitución y las sentencias del Tribunal Supremo”. También indicó que la postura del TSJCyL puede extenderse a otras comunidades autónomas en los que hay recursos pendientes o se van a plantear nuevos supuestos, ya que los padres siguen objetando. Por último, el letrado ha anunciado que pedirá la ejecución provisional de la sentencia ya que el curso escolar ha comenzado y los objetores a EpC no van a entrar en clase.
Este colectivo también informó que las sentencias del TSJCyL eximen a tres alumnos —dos de Salamanca y uno de Valladolid— de cursar EpC reconociendo así su derecho a objetar en conciencia. Con 3.395 objeciones de conciencia presentadas, Castilla y León es la cuarta comunidad autónoma con mayor número. Además, existen otros 285 recursos presentados por los padres castellano y leoneses reclamando la objeción a esta asignatura.
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