León. La Junta de Castilla y León estableció una instrucción para la Dirección General de Planificación, Ordenación e Inspección Educativa con el objeto de unificar las actuaciones de los centros docentes de Castilla y León.
La Orden de 29 de Agosto de 2008 dictada por la Junta de Castilla y León regula la implantación de la nueva materia Educación para la Ciudadanía y la respuesta de los centros para aquellos alumnos que declaren su objeción a dicha materia y se les atienda y respete convenientemente a los objetores: “Aquellos alumnos cuyos padres manifiesten formalmente ante la dirección del centro su deseo de que sus hijos e hijas no asistan a las clases de Educación para la ciudadanía, serán atendidos, mediante las vías ordinarias por el profesor de guardia o, en su caso, por el profesor encargado de la atención a la biblioteca”.
Sin embargo, la plataforma ‘León Educa Libertad’ denuncia que la realidad que se está produciendo en algunos centros escolares de León es muy distinta. Desde la plataforma se manifiesta que en varios centros concertados se engaña a los padres asegurándolos que en 4º de ESO se imparte Ética y no Educación para la Ciudadanía. “De esa manera”, disuaden a los padres y les obligan a retirar la objeción o a no presentarla”.
La asignatura de Ética no existe en el programa de 4º de ESO como tal, ya que el decreto de contenidos mínimos para el Área de Educación para la Ciudadanía —BOE 5 de enero de 2007— establece que la asignatura se denomina Educación Ético-Cívica. Esta asignatura incluye contenidos como “los dilemas ético-cívicos, considerando las posiciones y alternativas existentes”, o comprobar “si el alumno comprende el pluralismo moral y si utiliza adecuadamente la argumentación sobre dilemas y conflictos morales”. De hecho, las sentencias y Autos judiciales que se han producido en otras Comunidades —a falta de pronunciamiento por el TSJCyL— han declarado exentos a alumnos tanto de Educación para la Ciudadanía (2º o 3º de ESO) como de Educación Ético-Cívica (4º de ESO).
Asimismo, ‘León Educa Libertad’ asegura que en numerosos centros escolares, los objetores son presionados para que entren en clase amenazándoles con el suspenso. El profesor ha llegado a instar a un alumno, delante de toda la clase, a que entre en el aula ridiculizándolo porque sus padres han objetado a Ciudadanía o Educación Ético-Cívica.
Según expresan desde la plataforma, otro caso muy frecuente es asegurar que no hay objetores en el centro y que sus hijos van a quedar señalados, y en alguna ocasión, se ha invitado a los padres a abandonar el colegio indicándoles que están cometiendo una ilegalidad. O bien se les llama repetidamente al teléfono móvil para pedirles que vayan a recoger a su hijo, ya que no entra en clase de Ciudadanía”.
‘León Educa Libertad’ asegura que en numerosos centros escolares, los objetores son presionados para que entren en clase amenazándoles con el suspenso
Sin embargo, desde ‘León Educa Libertad’ manifiestan que “los padres objetamos a Ciudadanía no por capricho, sino por razones de conciencia. Algo incomprensible, al parecer, para muchos profesores y directores de centros escolares”, y aseguran que “afortunadamente existe una amplia red de abogados que inmediatamente defiende a los padres objetores en estas situaciones”.
Ante estos incidentes la plataforma ‘León Educa Libertad’ no descarta “pasar de la defensa de la objeción a la demanda contra los profesores o directivos de centros educativos que obstaculicen el derecho de los padres a objetar”, ya que quienes amenazan o presionan a los objetores o a sus hijos “están violando la Ley 30/1992 de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y Reguladora del Procedimiento Administrativo Común y conculca los derechos constitucionales de los padres, amparados por la Carta Magna y las Sentencias 53/1985 y 15/1982 del Tribunal Constitucional además de otras sentencias del Tribunal Supremo y del propio Tribunal Superior de Justicia de Andalucía”.
“Los padres objetores solamente pedimos respeto a nuestra decisión y el libre ejercicio de un derecho amparado por la Constitución Española, el Tribunal Constitucional y los Tribunales Superiores de Justicia”.





















