Elecciones Vascas. El Tribunal acordó anular la proclamación de las candidaturas del partido Askatasuna y de la agrupación electoral Demokrazia 3 Milioi (D3M) a las elecciones vascas del próximo 1 de marzo, que habían sido impugnadas por el Gobierno y por la Fiscalía. Así lo han acordado los magistrados de la llamada “Sala del 61″ del Tribunal Supremo a las 23:20 horas de ayer domingo, por unanimidad, según han informado fuentes de este órgano judicial. La Abogacía del Estado como el Ministerio Público alegaron que Askatasuna es un partido “dormido” y sin ningún tipo de actividad política que ha sido reactivado por ETA-Batasuna para concurrir a las elecciones con candidaturas supuestamente no contaminadas, a pesar de lo cual sólo doce de los 84 que integran sus listas no tenían relación con el entramado etarra. Respecto a D3M, la Fiscalía y el Gobierno subrayaron que 82 de sus 84 candidatos tienen o han tenido relación con Batasuna o con otras formaciones también ilegalizadas anteriormente como ANV o EHAK-PCTV.
Por primera vez no habrá ninguna lista ‘abertzale’ en unas elecciones al Parlamento de Vitoria, aunque aún falta la palabra del Tribunal Constitucional, ante el que se puede recurrir la decisión del Supremo
Por primera vez no habrá ninguna lista ‘abertzale’ en unas elecciones al Parlamento de Vitoria, aunque aún falta la palabra del Tribunal Constitucional, ante el que se puede recurrir la decisión del Supremo. El TC deberá pronunciarse antes de la medianoche del próximo jueves, pero, de momento, las candidaturas de las agrupaciones electorales D3M (Democracia 3 Millones) y del partido Askatasuna están fuera de la contienda electoral. La decisión del Supremo ha sido largamente deliberada (los debates comenzaron el pasado jueves y concluyeron a medianoche) y más costosa en el caso de Asktasuna que en el de D3M. En el caso de Askatasuna, el Supremo ha hecho una auténtica criba de las pruebas presentadas por el fiscal y el abogado del Estado. En particular, ha descartado todos aquellos elementos con los que se venía a establecer una vinculación entre los candidatos y el entramado batasuna a base de consignar circunstancias tales como las visitas a presos de ETA, la asistencia a concentraciones abertzales o la firma de manifiestos.
En cambio, el Alto Tribunal ha dado relevancia a la identidad de los estatutos de Askatasuna con los de Euskal Herritarrok y Batasuna o las conversaciones intervenidas a presos de ETA en los que expresaban que Askatasuna era la “lista no contaminada”.






















