Análisis. Se ha hablado hasta el hartazgo de que España necesita un nuevo sistema electoral, más democrático y al servicio del pueblo. Todas las formaciones políticas reconocen el enorme déficit democrático que se deriva de la actual legislación electoral lo que hacen coincidir con su resistencia activa y pasiva a modificar la Ley. Reconocen la mayor y se oponen a la menor, reformar la Ley, para mantener sus privilegios. ¿Cómo calificar dicho comportamiento?
Existen variados procedimientos para legitimar y revocar a los representantes del pueblo, existen muchos y no todos son iguales. Repasar los distintos sistemas electorales en los Estados Unidos, Estado por Estado y condado por condado, es un ejercicio muy recomendable para apercibirse de la multiplicidad de procedimientos electorales.
Cuando escasea el respeto por el soberano, por el pueblo, los procedimientos son más trabados, obscuros y mezquinos, es el caso español, y los sistemas electorales que se apañan crean más problemas de los que resuelven
Les diré, de forma abreviada, que el punto de partida influye sobre la calidad del sistema elegido. A mayor respeto por los derechos civiles y políticos de las gentes y de la comunidad, los procedimientos son más eficientes y transparentes. Y al revés, cuando escasea el respeto por el soberano, por el pueblo, los procedimientos son más trabados, obscuros y mezquinos, es el caso español, y los sistemas electorales que se apañan crean más problemas de los que resuelven. El sistema electoral español está hecho a medida de las burocracias partidarias, intermediarios que cobran su propia comisión y se quedan, además, con los derechos del club y con el sueldo del jugador.
¿Nuevo sistema electoral? ¿Qué sistema? ¿Quién le pone el cascabel al gato? Peatóm, les propone, razonadamente, un nuevo sistema electoral, ante la sequedad de ideas, más que evidente, de los elementos que componen nuestro elenco político. Las actuales siglas políticas por razones obvias, se oponen a cualquier cambio que perjudique el actual reparto y diezme el poder de su burocracia sobre los representantes del pueblo y sobre el pueblo español. Cuando invocan, por lo tanto, la mejora de la Ley Electoral, lo hacen a beneficio de inventario, con demagogia y ningún interés en resolver el enorme déficit democrático que genera la actual ley.
:: Sistema mayoritario con distritos plurinominales
La democracia tiene que conciliar la racionalidad y la legitimidad, tiene que conciliar el interés individual y la soberanía del pueblo, y tiene que hacerlo con individuos libres a los que se les asigna, como protocolo de trabajo, la condición de partida de iguales. No es fácil. El modelo constitucional español es un modelo presidido por el afán de componenda y bloqueo y menos por el afán de conciliar legitimidad y racionalidad. La actual Ley electoral (sistema proporcional corregido) es un buen ejemplo del espíritu de componenda y capricho que acabamos de denunciar. La Ley Electoral es un cambio necesario, minúsculo, respecto a los cambios constitucionales que es necesario abordar y para los que nuestra clase política nunca encuentra tiempo.
Les proponemos una nueva Ley Electoral que responda al patrón de un sistema mayoritario en distritos plurinominales para todo tipo de elecciones legislativas
Les proponemos una nueva Ley Electoral que responda al patrón de un sistema mayoritario en distritos plurinominales para todo tipo de elecciones legislativas (Cortes, Cámaras Autonómicas, Plenos de Diputaciones y Cabildos y Consistorios). Los sistemas proporcionales (modelo actual de España) se introdujeron en la Europa Continental a principios del siglo anterior (XX) y fueron un intento de conservadores y liberales de frenar el ascenso de los grupos democristianos y socialistas. ¿Lo consiguieron? No. Nadie puede parar la historia mediante una Ley Electoral. Es cierto, sin embargo, que una Ley Electoral puede retrasar y bloquear los cambios necesarios. Todos los sistemas electorales generan disfunciones, todos sin excepción. Pero unos más que otros.
El Talón de Aquiles del sistema proporcional es que hace opaca la base social de cada representante y desdibuja el vínculo entre los electores y los elegidos. Antepone la protección de unas siglas a los verdaderos vínculos democráticos entre el elector y el elegido y por lo tanto, debe ser descartado, al realizar muy deficientemente el principio de soberanía.
:: Principios generales
El sistema electoral con mayor tradición en España ha sido el sistema mayoritario que estableció el Gobierno Conservador de Cánovas del Castillo en 1878 y que duró hasta 1920 (44 años). El sistema era una combinación de distritos uninominales (307 distritos y 307 escaños) —donde los representantes se elegían por mayoría relativa— y de distritos plurinominales (26 distritos y 90 escaños) —reservados para zonas urbanas con mayor concentración de electores—. El gobierno de la II República fue el resultado de una modificación del sistema mayoritario que se improvisó para las elecciones de 1931. Se sustituyeron los viejos 337 distritos por 63 plurinominales, de hasta 18 escaños por algunos distritos.
Acentuar los vínculos entre los electores y el elegido, permite desarrollar el concepto de ‘contrato público’ entre ambos sujetos jurídicos (el pueblo y el representante)
Se hace referencia a la historia de los sistemas electorales en España para dejar constancia de que España, como cualquier otro país de su entorno, posee su propia memoria electoral. Los sistemas electorales y el debate alrededor de los mismos suelen estar trucados. Tradicionalmente es un campo de enredo, maniobras y conspiración para bloquear el mercado electoral y dificultar la entrada a nuevos actores políticos. Peatóm propone una sustitución del actual sistema proporcional por un sistema mayoritario plurinominal con tres finalidades:
a. Acentuar los vínculos entre los electores y el elegido, lo que permite desarrollar el concepto de ‘contrato público’ entre ambos sujetos jurídicos (el pueblo y el representante).
b. La condición de representante de los ciudadanos se antepone, como debe ser, a la de representante de un partido, para hacer cierto que todos los poderes del estado emanan del pueblo y desarrollar el principio de soberanía popular.
c. Preservar la referencia territorial de los candidatos electos.
Para el Sistema Mayoritario Plurinominal que proponemos se mantienen los actuales 52 distritos correspondientes a las demarcaciones provinciales existentes. El Congreso y el Senado de la nación tendrán el mismo número de diputados y senadores (350) que se elegirán por un sistema electoral mayoritario en distritos plurinominales.
A cada provincia le corresponde un mínimo inicial de dos Diputados. Las poblaciones de Ceuta y Melilla están representadas cada una de ellas por dos diputados y dos senadores y un senador y un diputado más por las islas de Menorca, Ibiza-Formentera, Lanzarote, Fuerteventura, La Palma, Gomera y Hierro.
Los trescientos treinta y nueve diputados y senadores restantes se distribuyen entre las provincias en proporción a su población, conforme al siguiente procedimiento:
1. Se obtiene una cuota de reparto resultante de dividir por trescientos treinta y nueve (número de escaños que corresponden a las provincias) la cifra total de la población de derecho de las provincias peninsulares e insulares.
2. Se adjudican a cada provincia tantos Diputados y Senadores como resulten, en números enteros, de dividir la población de derecho provincial por la cuota de reparto.
3. Los Diputados y Senadores restantes se distribuyen asignando uno a cada una de las provincias cuyo cociente, obtenido conforme al apartado anterior, tenga una fracción decimal mayor.
El actual sistema indirecto de elección de senadores por parte de las Cámaras Autonómicas, un senador por cada fracción de 1 millón de habitantes, refuerza el poder de las burocracias partidarias y el régimen partidocrático en el que vivimos, antidemocrático y decimonónico. Por eso proponemos que todos los Senadores sean elegidos en elecciones directas. Es imprescindible sustituir el Estado de Derecho constituido por Partidos, por otro más democrático constituido por ciudadanos libres.
:: Edad de los Congresistas y Senadores
Es imprescindible sustituir el Estado de Derecho constituido por Partidos, por otro más democrático constituido por ciudadanos libres
Los congresistas se eligen entre ciudadanos mayores de 30 años y se eligen cada 4 años. Los senadores se eligen entre ciudadanos mayores de 40 años y se eligen cada seis años. No existirán limitaciones temporales para los mandatos de los Congresistas y Senadores.
:: Un hombre un voto
En el actual modelo electoral manipula el principio de un hombre un voto por el de un diputado un voto, falsificando de manera soez el principio democrático
En el Congreso, que es cámara de representación de los ciudadanos, se debe respetar el principio universal de un hombre un voto y la igualdad de derechos y obligaciones respecto a la nación. Los diputados o congresistas detentan una capacidad de voto equivalente al número de votos obtenidos. El diputado elegido con 100.000 votos, tiene 100.000 votos y el elegido con 40.000 tiene 40.000 votos. Se cumple el principio de un hombre un voto y las propuestas ganadoras son las que más votos suman.
En el actual modelo se manipula el principio de un hombre un voto por el de un diputado un voto, falsificando soezmente el principio democrático. Se pretende conseguir que los partidos, coaliciones, postulen a sus mejores candidatos, no a los burócratas de sus organizaciones, y que los diputados tengan la fuerza y el peso equivalente a sus votos.
El distrito provincial es de gran utilidad para que los ciudadanos de todos los territorios se sienten en el Congreso de los Diputados (justicia histórica). Las provincias muy pobladas podrán crear subdistritos funcionales. Los representantes se sientan en el Congreso, cada uno de ellos, con el respaldo recibido (justicia electoral). Cuando un diputado aprieta el botón del ‘sí’ o del ‘no’ el sistema electrónico computa los votos que le apoyan, se suman todos los votos del sí y el resultado final sería, es un ejemplo, 11 millones de votos contra 10 millones, y ya nunca más 176 diputados contra 174. Cada legislatura, en función de la participación electoral, tendría su particular umbral de votos para la mayoría absoluta.
:: Listas francas y abiertas
¿Pueden presentarse personas individuales, aportando su carné de identidad, para postularse como candidatos? La posición de Peatóm es que la Ley Electoral debe hacer posible dicha hipótesis y regularla
El sistema plurinominal permite elegir a individuos y personas procedentes de distintas sensibilidades políticas. Salen elegidos los más votados y pueden pertenecer a una misma lista o a distintas listas. Las listas son por definición abiertas, para mermar el poder de los partidos y aumentar el de los ciudadanos. Todos los candidatos forman parte de una única papeleta. Los candidatos se identifican con su cara, su nombre y las siglas del partido al que pertenecen. Los electores tienen tantos votos como escaños tenga el distrito. Si el distrito tiene cinco escaños los electores marcarán o elegirán a cinco candidatos, que pueden ser o no del mismo partido. Cada partido puede presenta tantos candidatos como escaños hay en liza, en un distrito o subdistrito. Y puede, incluso, presentar varios candidatos para el mismo escaño.
¿Pueden presentarse personas individuales, aportando su carné de identidad, para postularse como candidatos? La posición de Peatóm es que la Ley Electoral debe hacer posible dicha hipótesis.
:: El voto de los territorios
El Senado es la Cámara de representación de los territorios, votan los territorios y cada senador, los 350, tiene un voto porque todos los territorios tienen iguales derechos y obligaciones dentro de la nación. El Congreso representa a los ciudadanos y el Senado a los territorios.






















